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Estás obligado a registrar tu celular en enero 2026 o te la bloquearán

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Todas las líneas de telefonía móvil que operen en México deberán estar registradas a nombre de una persona física o moral identificable a partir del 9 de enero de 2026, conforme a un nuevo marco regulatorio aprobado por la autoridad en telecomunicaciones.

La disposición obliga a las empresas del sector a eliminar el uso anónimo de números móviles y faculta a los operadores para suspender el servicio de aquellas líneas que no cumplan con el registro. La medida aplica a líneas de prepago y pospago, incluidas las activas antes de la entrada en vigor de la norma, así como a números corporativos e institucionales.

Qué implica el registro obligatorio

El registro exige que cada línea esté asociada a un titular plenamente identificado mediante documentación oficial. En el caso de personas físicas, los usuarios deberán presentar una identificación vigente y la Clave Única de Registro de Población (CURP). Para personas morales, el trámite se realizará con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El requisito aplica tanto para tarjetas SIM físicas como para eSIM, sin distinción de operador, plan o modalidad de contratación. También deberán cumplir usuarios extranjeros con líneas activas en territorio nacional.

Cómo se realizará el trámite

Las empresas de telecomunicaciones deberán habilitar plataformas tecnológicas para efectuar el registro, ya sea de manera presencial en centros de atención o mediante herramientas digitales. Cada operador podrá definir sus propios mecanismos de validación, siempre que se ajusten a los lineamientos técnicos establecidos por la autoridad.

Además, las compañías estarán obligadas a notificar a sus clientes sobre los requisitos, procedimientos y plazos para completar el registro de líneas existentes.

Plazos y consecuencias por incumplimiento

A partir del inicio de la obligación, los usuarios contarán con un periodo máximo de 120 días para regularizar las líneas activas. La normativa no prevé sanciones económicas directas; sin embargo, los operadores podrán suspender el servicio de llamadas, mensajes y datos móviles a los números que no queden registrados.

La suspensión no implica la cancelación inmediata del número. El servicio podrá restablecerse una vez que el titular complete el trámite y entregue la documentación requerida.

Protección de datos personales

La autoridad reguladora aclaró que no se creará un padrón central administrado por el gobierno federal. La información recabada permanecerá bajo resguardo de las empresas de telecomunicaciones, que deberán cumplir con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y aplicar medidas de seguridad para evitar accesos no autorizados o usos indebidos.

La implementación del registro busca mantener un padrón actualizado de líneas móviles activas y fortalecer los mecanismos de identificación dentro del sector, según lo establecido en la nueva regulación.

Con información de AVC Noticias.

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