El pleno del Congreso local aprobó, con 45 votos a favor y 12 en contra, el dictamen de la nueva Ley de Salud de la Ciudad de México que aglutina nueve leyes. En la nueva norma establece que los abortos pasan de ser de 12 a 20 semanas; siempre y cuando, éste haya sido consecuencia de una violación sexual, como lo marca el artículo 6, fracción XXV.
Ante ello, las mujeres con hasta cinco meses de embarazo podrán acudir a un Centro de Salud a practicarse la interrupción voluntaria del embarazo o aborto; sólo cuando este sea producto de una violación. Además, no deberá importar si la víctima denunció ante las autoridades competentes.

Esta acción quedó bajo los términos de la NOM-046-SSA2-2005, que señala que los médicos de la institución de salud deberán atender a la usuaria y no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante; en este caso, respecto a si fue víctima de una violación.
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La norma está basada en los lineamientos generales de organización y operación de los servicios de Salud para el aborto en CDMX, cuya última actualización fue el 25 de abril del 2018, y establece en su Capítulo III De la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), las 20 semanas de gestación para practicar un aborto en caso de violación.
“Séptimo. La Interrupción Voluntaria del Embarazo es aquella que podrán realizar los integrantes del Sistema de Salud de la Ciudad de México, hasta la vigésima semana completa de gestación, como consecuencia de una violación sexual, sin que la usuaria lo haya denunciado ante las autoridades competentes, en términos de lo previsto en la NOM-046-SSA2-2005. Se entenderá por vigésima semana completa de gestación, a las veinte semanas, seis días (20.6)”.
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