Con una votación que resultó en 324 votos a favor y 129 en contra, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general una amplia reforma a la Ley General de Salud que incluye, como punto central, la prohibición absoluta de los vapeadores y cigarrillos electrónicos en México.
Además, el dictamen contempla penas de uno a ocho años de prisión y multas de hasta dos mil UMA (equivalentes a 226 mil 280 pesos) para quienes incumplan la nueva disposición.
La reforma establece la prohibición de producir, comercializar, importar, exportar y publicitar vapeadores.

Contempla un fortalecimiento del sistema nacional de salud mediante compras consolidadas de medicamentos, impulso a la producción nacional de insumos y nuevas herramientas regulatorias para Cofepris.
Además, establece la prohibición de la publicidad o propaganda para promover el uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.

¿En qué consiste la reforma que prohíbe los vapeadores en México?
Prohibición absoluta de producción, venta, importación y publicidad de vapeadores.
Sanciones de 1 a 8 años de prisión a quienes lucren con su comercio.
Compras consolidadas e impulso a la producción nacional de medicamentos.
Nuevas atribuciones regulatorias para Cofepris y fortalecimiento del sistema de salud.
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